Siglos XV y XVI

 

Siglo XV:

La familia de Ximen Muñoz, hijo mayor de Gil Gómez de Ávila, serían los primeros propietarios según una carta dada en Ávila el 18 de mayo de 1389[1] por la que Pedro González reconoce que Navalperal le pertenece a su hermano Ximen Muñoz,   como heredero de tal lugar por mayorazgo. Es esta, hasta el momento, la primera noticia documental que tenemos de los primeros propietarios de Navalperal.

La posesión[2] pasa por herencia a la hija de Ximen Muñoz,  Catalina González,  teniendo que salir en defensa de tal posesión su tutora y abuela materna, María Blázquez, que el 29 de diciembre de 1406 “pide a  los alcaldes de Navalperal acudiesen con todos los algos y aprovechamientos de ellos que pertenecían a dicha su nieta en dichos lugares, estando so el portal de la iglesia de Santa María …[3]  e homes buenos del dicho lugar Navalperal e estando allí el señor corregidor Juan Martín…..”[4]

Catalina González se casa en 1419 con Juan de Olarte, Doncel del Rey, siendo Inés de Olarte, hija de este matrimonio, quien herede la posesión de Navalperal.  Inés hace un primer testamento  en Navalperal [5]  el 10 de febrero de 1427, más uno último y definitivo de 18 de julio de 1446 en Salamanca[6] , en el que manda todos sus bienes a su esposo Pedro de Solís al que nombra heredero universal.

Pedro de Solís, regidor de Salamanca, esposo de Inés de Olarte, tiene algunas diferencias con su suegro por la herencia que se resuelven por sentencia arbitraria de 15 de mayo de 1447  y concordia entre Juan de Olarte y Pedro de Solis, padre de Inés el primero y esposo el segundo, sobre los heredamientos de Navalperal, Valbellido y otros bienes.

Queda finalmente por esta sentencia como heredero Pedro de Solís que toma compromiso de venta solariega de Navalperal a Pedro Dávila, señor de Las Navas y Villafranca,  el 9 de junio de 1473, a pagar en varios plazos.

En esa fecha se produce una sentencia arbitraria [7] por la que los jueces de Ávila, Ximen Muñoz y Alfonso de Ávila, mandaron que Pedro de Solís y en su nombre su hermano, Alfonso de Solís, “vendiese a Pedro de Ávila el lugar de Navalperal con lo que tenía en el Quintanar y Valbellido con su cañada y términos, y todos los derechos y juros y mercedes de por vida situados en dichos lugares con sus usos, costumbres, entradas, salidas, pastos, prados, montes, aguas y demás pertenecientes a dicho Solís. Y que  de todo otorgase venta a dicho Pedro Dávila.  Y que el dicho Pedro Dávila diese por dichos lugares 4 quentos[8] 20 mil  maravedís, pagados el un cuento y medio a ciertos plazos y por lo restante diese fianzas en Ávila. Y pagado dicho quento y medio y dadas dichas fianzas el dicho Pedro de Solis consistiese dicha venta que el dicho su hermano hubiese fecho”.

Se hacen deslindes[9] jurisdiccionales en julio-agosto de 1490  por los amojonamientos entre Navalperal (jurisdicción de Ávila y su tierra)  y el estado de Las Navas (tierras de Pedro Dávila) para resolver las disputas que habían por las posesiones del lugar,

 

Siglo XVI:

Petición de 24 de marzo de 1597 para la compra del señorío jurisdiccional del lugar de Navalperal por el Marqués de las Navas, incluyendo vasallaje y alcabalas,  del que ya era propietario del señorío solariego [10].

 

[1] ADM. Sección Medinaceli (Las Navas), leg, 254, doc. 94.

[2] Este documento sería uno de los presentados por el Duque de Medinaceli para acreditar la posesión inmemorial de Navalperal y Valbellido en el largo pleito de más de 17 años que mantuvo con el Estado y vecinos de Navalperal, oponiéndose a la petición de reintegro a la Corona que se produjo finalmente en 1805 al perder el duque ese pleito.

[3] En el documento original esta parte está deteriorada y no se puede leer, por lo que desgraciadamente no podemos saber el nombre exacto de la iglesia parroquial de Navalperal en esas fechas.

[4] ADM. Sección Medinaceli (Las Navas), leg. 254, doc. 95.

[5] ARAH. Colección Salazar y Castro. M-72, fol. 91.

[6] ARAH. Colección Salazar y Castro. M-72, fol. 362 vuelto.

[7] ADM. Sección Medinaceli(Las Navas), leg. 254, doc, 111 a y b.

[8] Quento= un millón.

[9] Archivo del Asocio de Ávila: legajo 34, num. 1, folios 10-35 y núm. 26 sin foliar; legajo 28, núm. 12, folios 8-19; ejecutoria 5-1-1493, legajo 34, núm. 1.

[10] AGS. Consejo y juntas de hacienda, leg. 359, doc. 3.